Micelio
Auto4 de septiembre de 2025

A- de 2025

Ponente Vladimir Fernández Andrade

Demandante Guzman Petro Elizabeth Y Otros·Demandado Empresas Publicas De Medellin Esp Y Otro

Tema · dato duro
Medio De Control De Reparación Directa Interpuesto Contra Entidad Pública Y Privada, Con El Propósito De Obtener La Indemnización De Los Daños Ocasionados Como Consecuencia Del Asesinato De Contratista Y Operador, En Tanto La Responsabilidad Se Atribuyen A Ambas Entidades Demandadas.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Fuero De Atracción
  • Alcance para alterar la competencia de la jurisdicción ordinaria
Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conflictos de responsabilidad extracontractual del Estado por acción u omisión de entidad pública de cualquier régimen
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 002 Laboral de Turbo y el Juzgado 006 Administrativo de Turbo, suscitado por una demanda en ejercicio del medio de control de reparación directa instaurado por una ciudadana, en contra de las Empresas Públicas de Medellín y la empresa INGEOMEGA S.A.S., con el propósito de que se declare administrativa y extracontractualmente responsable a las demandadas, por los perjuicios causados por la muerte de un ciudadano, ocurrida por hechos de violencia mientras trabajaba para las empresas demandadas por una falla en el servicio y, como consecuencia de ello, se las condene a al pago de perjuicios.

Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena indica que la controversia analizada no se encuadra dentro de los presupuestos de la cláusula general de competencia del artículo 2 del CPTSS pues, no se advierte que los demandantes, familiares del occiso, pretendan una indemnización directa de carácter laboral, sino que persiguen el reconocimiento de una posible responsabilidad extracontractual del Estado derivada de una presunta falla del servicio, a través del ejercicio del medio de control de reparación directa, regulado por el artículo 140 del CPACA.

Se advierte, en principio, una probabilidad mínimamente seria de que la entidad estatal pueda ser condenada, puesto que se le endilga responsabilidad, a título de falla del servicio, por el asesinato de un trabajador de una empresa contratista.

Se dan los presupuestos para aplicar el Auto 647/21, que asigna, en estos casos, la competencia a la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 002 Laboral de Turbo y el Juzgado 006 Administrativo de Turbo, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento del proceso promovido por Elizabeth Guzmán Petro y otros, a través de apoderado judicial, le corresponde al Juzgado 006 Administrativo de Turbo.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6823 al Juzgado 006 Administrativo de Turbo para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 002 Laboral de Turbo y a los demás interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.